Miércoles, 26 Octubre 2022 09:19

Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad: Orden de Ayudas Pima Cambio Climático

La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, publica en el DOE de hoy 26 de Octubre de 2022 la ORDEN de 18 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA Cambio Climático), para actuaciones encaminadas a la lucha contra el cambio climático en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a municipios y entidades locales menores, con tamaño inferior a 100.000 habitantes.

Los Planes de Impulso al Medio Ambiente, PIMA, han supuesto en España, a través de diversas convocatorias, la puesta en marcha de acciones de lucha contra el cambio climático, que integran a su vez, la política de cambio climático con las políticas de calidad ambiental. La lucha contra el cambio climático se articula a través de la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero o incremento de las absorciones (mitigación) y de la adaptación a los impactos que éste está provocando y se prevé sucedan. Ambos tipos de respuesta están estrechamente vinculados, siendo necesaria la puesta en marcha de medidas en ambos ámbitos. La evaluación de impactos, la disminución de la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático son objetivos prioritarios para España. La situación de emergencia sanitaria y climática en la que nos encontramos hace evidente la necesidad de dirigir esfuerzos hacia la población más vulnerable y trabajar de forma coordinada con todas las administraciones y en especial en el ámbito local, con la colaboración de las Comunidades Autónomas.

El objetivo del PIMA Cambio Climático es fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha frente al cambio climático.

El desarrollo de los proyectos del PIMA Cambio Climático se ubicará en las entidades locales y municipios con un tamaño inferior a 100.000 habitantes. Los beneficiarios podrán ser las entidades locales menores y los municipios.

En el caso de actuaciones para diseño e implantación de Zonas de Bajas Emisiones, el Plan se dirige a municipios entre 50.000 y 100.000 habitantes.

La finalidad de estas ayudas es, facilitar el desarrollo de los objetivos establecidos en diversos instrumentos normativos y de planificación con la finalidad de conseguir:

  • Desarrollar actuaciones que apoyen el cumplimiento de objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), que define los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para el periodo 2021-2030, y del Plan Extremeño Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PEIEC).
  • Fomentar medidas de adaptación efectivas que reduzcan la exposición y la vulnerabilidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales frente al cambio del clima y mejoren su resiliencia.
  • Promover el urbanismo y la vivienda para hacer de nuestros pueblos y ciudades ámbitos de convivencia amables, acogedores, saludables y resilientes.
  • Promover acciones dirigidas a la protección de la salud frente a los impactos derivados del cambio climático y la adaptación al cambio climático basada en ecosistemas.
  • Fomentar la inclusión en la planificación de ordenación urbana medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, el establecimiento de zonas de bajas emisiones.
  • Reducir el impacto sobre la salud de la población como consecuencia del exceso de temperatura a través de medidas para la reducción de las altas temperaturas en espacios y edificios públicos.
  • Fomentar el incremento de biodiversidad en las áreas urbanas como forma de contribuir a mejorar la capacidad de regulación climática y la captación de CO2, permitiendo maximizar las superficies permeables provocando un efecto positivo en el almacenamiento de agua.

Para el desarrollo de los objetivos establecidos, las subvenciones públicas recogidas en la presente orden se articulan a través de dos líneas de ayudas:

Línea 1. Ayudas para aplicación de actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos.

     a) Intervenciones en espacios públicos orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana (sombreado natural o artificial de calles y plazas, reducción de la impermeabilidad del suelo, captación de aguas pluviales, creación de microclimas con láminas de agua, aplicación de soluciones bioclimáticas, etc.)

    b) Infraestructura urbana verde y azul: aumento y naturalización de zonas verdes urbanas y mejora de hábitats, protección de fauna y flora silvestre, procesos ecológicos clave, jardines verticales, tejados verdes, restauración o rehabilitación de zonas húmedas, presencia de vegetación adecuada en parques y jardines, restauración de tramos urbanos de ríos, zonas inundables, mejora de la conectividad natural entre el medio urbano y periurbano, etc.

Línea 2. Diseño e implementación de zonas de bajas emisiones en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes.

     2. A efectos de esta orden, se considera zona de baja emisión el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.

Fuente: Junta de Extremadura

Enlace noticia: DOE n.º 206- 26-octubre-2022 (juntaex.es)

 

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