Inscripción en la Huella de carbono

En la misma ya se encuentran disponibles los formularios correspondientes a las distintas secciones:
- 1.- Huella de carbono y compromiso de reducción de gases de efecto invernadero,
- 2.-Proyectos de absorción de dióxido de carbono y
- 3.- Compensación de la huella de carbono.
El cálculo de la huella de carbono es un parámetro muy útil para tomar conciencia de que todas las actividades conllevan emisiones de gases de efecto invernadero, y permite a las empresas y ciudadanos tomar medidas para reducirlas.
El objetivo del Registro es que las empresas calculen y reduzcan su huella de carbono y que la registren voluntariamente. Posteriormente, podrán compensarla a través de proyectos de absorción o sumideros forestales que estén localizados en España, con lo que también se impulsará la creación de masas forestales que absorben el CO2. Se crea un sistema para que las empresas que lo deseen puedan compensar su huella con proyectos de sumideros forestales en España
Ello puede representar un incentivo importante para Extremadura al favorecer la reforestación de tierras agrarias o abandonadas y ofertarlas a empresas para su compensación de carbono.
Todo ello permitirá una reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y contribuirá a que España cumpla sus objetivos europeos en 2020 en materia de lucha contra el cambio climático, así como los de ámbito internacional y que están fijados en el Protocolo de Kioto.
Las empresas que realicen el registro recibirán un sello acreditativo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que supondrá un reconocimiento por su esfuerzo en el cálculo y la reducción de sus emisiones.
Antes de solicitar la inscripción se debe comprobar que se cumplen con los requisitos que se establecen para ello y que dispone de toda la documentación necesaria que se requiere adjuntar (http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/temas/mitigacion-politicas-y-medidas/inscripcion.aspx)
Las solicitudes podrán dirigirse a
1. Oficina Española de Cambio Climático
- Por vía electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en su apartado de cambio climático
- A través de la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
En el plazo de treinta días a partir de la recepción de la solicitud de inscripción o de actualización, la Oficina Española de Cambio Climático resolverá y notificará sobre la inscripción o actualización.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la LRJ-PAC.
Dicha resolución estará basada en la comprobación de la veracidad de los datos y documentos aportados o solicitados posteriormente por la Oficina Española de Cambio Climático o la Comunidad Autónoma y en la completitud de la información facilitada para la inscripción.
Transcurrido este plazo sin que se haya resuelto y notificado el correspondiente acto administrativo, se entenderá estimada la solicitud.