Acuerdos en materia de cambio Climático

La primera Conferencia Mundial sobre el clima, fue convocada por la Organización Meteorológica Mundial (OMM), en el año 1979 en Ginebra, en la que se habló sobre el calentamiento global y de cómo podía afectar al desarrollo de la actividad humana.

En el año 1988, la OMM y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), forman el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) cuya labor es la de evaluar la magnitud y la evolución en el tiempo de los cambios climáticos detectados, estimar los posibles efectos ambientales y, en consecuencia, elaborar y desarrollar estrategias que permitan hacer frente a los cambios. Desde el inicio de su labor, el IPCC ha preparado cinco informes de evaluación en varios volúmenes (http://www.ipcc.ch/home_languages_main_spanish.shtml#tabs-3)

Actualmente, el Grupo Intergubernamental de Expertos se encuentra elaborando tres informes especiales, un informe metodológico sobre los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero y el Sexto Informe de Evaluación (IE6).

En la 43ª reunión del IPCC, celebrada en abril de 2016, se acordó que el informe de síntesis del Sexto Informe de Evaluación se termine en 2022, a tiempo para el primer balance mundial de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Entonces, los países tienen que examinar los progresos realizados para lograr su objetivo de mantener el calentamiento global muy por debajo de 2ºC mientras que, al mismo tiempo, han de proseguir los esfuerzos para limitar el aumento de la temperatura a 1,5ºC. Asimismo, indicar que las contribuciones de los tres Grupos de trabajo del EI6 estarán listas en 2021.

El IPCC trabaja para apoyar la Conferencia de las Partes, que es la primera autoridad de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, evaluando anualmente el estado del cambio climático y la efectividad del tratado. En ella participan todos los Estados miembros, o “Partes”, como también organizaciones de la sociedad civil y la prensa.

El primer reconocimiento internacional al problema del cambio climático y de la necesidad de actuar tuvo lugar, en 1992, en el marco de la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro, cuando se aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, como elemento central de los esfuerzos mundiales para combatir el calentamiento de la Tierra.

La Convención Marco entró en vigor el 21 de marzo de 1994, y la han ratificado 194 Estados. El objetivo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático es la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que evite interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático. Desde que entró en vigor, las Partes en la Cumbre (los países que han ratificado, aceptado o aprobado el tratado o se han adherido a este) se reúnen anualmente en la Conferencia de las Partes (COP).

Un aspecto fundamental de los Acuerdos Internacionales es la necesidad de compartir, transmitir y responder a la información mediante comunicaciones nacionales. Éstas son el medio a través del cual la COP supervisa los progresos realizados por las Partes para cumplir sus compromisos y alcanzar los objetivos últimos de la Convención. Por razones de transparencia en la presentación de la información, la COP establece las directrices que las Partes deben utilizar para presentar la información en sus comunicaciones nacionales. La COP utiliza esta información para evaluar y examinar la aplicación eficaz de la Convención y determinar el efecto total del conjunto de medidas adoptadas por las Partes. Desde 1995, estas directrices se han revisado y mejorado teniendo en cuenta la experiencia de las Partes en su aplicación.

En diciembre de 1997, después de dos años y medio de negociaciones, se celebró en Kioto (Japón) la tercera Cumbre sobre el Clima. El objetivo de la Cumbre de Kioto era establecer un protocolo vinculante de reducción de las emisiones. Como consecuencia de ello, 38 países industrializados se comprometieron a alcanzar una reducción de los gases de efecto invernadero de un 5% para el período 2008-2012 respecto a los niveles del año 1990. El Protocolo de Kioto entró en vigor el 16 de febrero de 2005 y, fue ratificado por 184 países y estableció compromisos hasta el año 2012.

Hasta la fecha han tenido lugar 23 Conferencias de las Partes, adquiriendo especial relevancia la COP 21 de París en la que se logró alcanzar el Acuerdo de París.

El Acuerdo de París tiene como objetivo mantener el aumento de la temperatura de este siglo por debajo de los 2ºC y reforzar la capacidad para afrontar los impactos del cambio climático.

Para conseguir estos objetivos ambiciosos e importantes, se pondrán en marcha flujos financieros apropiados para hacer posible una acción conjunta por parte de los países en desarrollo, y más vulnerables, en coherencia con los propios objetivos nacionales.

Los resultados de la Conferencia de las Partes (COP 21) cubren áreas cruciales consideradas esenciales por la política climática:

  • Mitigación, reducción de las emisiones lo bastante rápida como para conseguir el objetivo de temperatura.
  • Un sistema de transparencia y de balance global y una contabilidad para la acción climática.
  • Adaptación, fortalecer la capacidad de los países para hacer frente a los impactos climáticos.
  • Pérdidas y daño, fortalecer la habilidad para recuperarse de los impactos climáticos.
  • Apoyo, incluido el apoyo financiero, para que las naciones construyan futuros limpios y resilientes.

Además de asumir objetivos a largo plazo, los países llegarán a un pico de emisiones, y seguirán presentando planes nacionales de acción climática que detallen sus objetivos futuros frente el cambio climático.

El nuevo acuerdo también establece el principio que los futuros planes nacionales -denominados contribuciones determinadas a nivel nacional (INDC, para las siglas en inglés)- no serán menos ambiciosos que los existentes y que cada cinco años, los países tendrán que actualizarlos.

Firma del Acuerdo de París

El 22 de abril de 2016, 175 Partes (174 países y la Unión Europea) firmaron el Acuerdo de París sobre cambio climático en una ceremonia organizada por las Naciones Unidas en Nueva York. El artículo 20 del Acuerdo prevé que el periodo de ratificación del acuerdo se iniciaba el viernes 22 de abril de 2016 y finalizaba el 21 de abril de 2017. Este entró en vigor el 4 de noviembre de 2016, treinta días después de la fecha de ratificación de la UE, con lo que se consigue que al menos 55 Partes de la Convención, cuyas emisiones representen globalmente al menos un 55% del total de las emisiones mundiales de gases con efecto invernadero, hayan depositado los instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.

 

 

La Unión Europea ha llevado a cabo varias iniciativas relativas al cambio climático desde el año 1991, cuando publicó la primera Estrategia comunitaria para limitar las emisiones de CO2.

El 29 de abril de 1998, la Comunidad Europea firmó el Protocolo de Kioto, y, todos los Estados miembros de la Unión Europea ratificaron el Protocolo de Kioto (2002) y se comprometieron a rebajar un 8% el nivel de emisiones de gases de efecto invernadero entre los años 2008 y 2012, según los gases emitidos en el año base (1990).

La Unión Europea tuvo que emprender acciones más contundentes para cumplir con los compromisos de reducciones de emisiones para el período 2008-2012, derivado de la entrada en vigor del Protocolo de Kioto. Estas acciones son fundamentalmente el Programa Europeo de Cambio Climático y el Régimen Comunitario de Comercios de Derechos de Emisión, que es uno de los pilares de la Estrategia comunitaria sobre el cambio climático.

En 2008 la UE adopta una política integrada de cambio climático y energía (Paquete de Energía y Cambio Climático 2013-2020) que incluye unos ambiciosos objetivos para el 2020, de modo que Europa se dirija hacia un futuro sostenible, con una economía baja en carbono y con un consumo más racional.

El objetivo principal es sentar las bases para dar cumplimiento a los compromisos en materia de cambio climático y energía asumidos por el Consejo Europeo en 2007:

  • Reducir las emisiones totales de gases de efecto invernadero en 2020, al menos en un 20%, respecto de los niveles de 1990, y en un 30% si otros países desarrollados se comprometen a reducciones de emisiones equivalentes y los países en desarrollo contribuyen adecuadamente en función de sus posibilidades.
  • Alcanzar el objetivo del 20% de consumo de energías renovables en 2020.

Posteriormente, en el año 2013 se presentó la Hoja de Ruta hacia una economía baja en carbono competitiva en 2050, donde la Comisión Europea va más allá del corto plazo y propone una forma costo-eficiente de lograr reducciones profundas de emisiones a mediados del siglo XXI.

La Hoja de Ruta indica que todas las grandes economías tendrán que hacer reducciones de emisiones para que la temperatura media global no supere los 2°C en comparación con la temperatura de la era preindustrial. La Hoja de Ruta es uno de los planes de política a largo plazo anunciados bajo la iniciativa emblemática de Europa Eficiente de Recursos destinada a poner a la UE en el camino al uso de los recursos de una manera sostenible.

Esta Hoja de Ruta indica que, en 2050, la UE debe reducir sus emisiones un 80% por debajo de los niveles de 1990 a través de reducciones domésticas y se establecen hitos intermedios (reducciones del orden del 40 % en 2030 y 60% en 2040). También muestra cómo los principales sectores responsables de las emisiones de Europa, generación de energía, industria, transporte, edificios y construcción, así como la agricultura, pueden hacer la transición hacia una economía de baja emisión de carbono de una forma rentable.

Asimismo en 2013, se adopta la Estrategia Europea de Adaptación que constituye el marco europeo en materia de adaptación al cambio climático. Consta de tres objetivos que pretenden promover el establecimiento de estrategias de adaptación en los países miembros, la mejora de la toma de decisiones en esta materia y el fomento de la adaptación en los sectores más vulnerables.

En 2014, la Comisión Europea presentó una propuesta que dotaría de continuidad al Paquete Europeo de Energía y Cambio Climático, con horizonte 2030, y en la que se proponen nuevos objetivos de reducción de emisiones y de energías renovables.

Con esta propuesta se pretende dar continuidad a la arquitectura de lucha contra el cambio climático de la UE que ya se viene aplicando y, además, será el elemento principal que defina la participación de la Unión en el nuevo acuerdo post-2020 en el ámbito de la CMNUCC, ya que definirá el objetivo de reducción de emisiones de la UE a partir de 2020.

Los objetivos fundamentales del marco de clima y energía para 2030 son tres:

  • al menos 40% de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (en relación con los niveles de 1990)
  • al menos 27% de cuota de energías renovables
  • al menos 27% de mejora de la eficiencia energética.

De entre la normativa, acuerdos y textos aprobados por la Unión Europea caben destacar:

  

 

 

En nuestro país, en marzo de 2002 el Parlamento ratificó el Protocolo de Kioto; además, se constituyó el Consejo Nacional del Clima, órgano consultivo encargado de elaborar la Estrategia Española para el Cumplimiento del Protocolo de Kioto.

En este sentido, en 2007 el Gobierno remitió al Consejo Nacional del Clima y a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia (Horizonte 2007-2012-2020). En dicha Estrategia se define el marco de actuación que deben abordar las Administraciones Públicas en nuestro país, para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones en el Protocolo de Kioto, según lo previsto en el Real Decreto 1370/2006 por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación 2008-2012. Posteriormente se ha abierto una tercera fase en las subastas de derechos de emisión, que comenzó el 1 de enero de 2013 y finalizará en el año 2020.

En materia de adaptación, el Gobierno ha centrado sus esfuerzos en la evaluación de la vulnerabilidad de España, para la posterior integración de esta variable dentro de la planificación y gestión de todos los sectores del territorio nacional, especialmente aquellos más vulnerables, para ello se ha dotado del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático.

La Sexta Comunicación Nacional de España a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ofrece una amplia panorámica de las diferentes  líneas de actuación y del trabajo que realiza España para avanzar en la lucha contra el cambio climático, a la vez que se da respuesta a las obligaciones de información establecidas en el articulado de la Convención.

En este sentido , iniciativas como las convocatorias de los Proyectos Clima, la Hoja de Ruta de los Sectores Difusos 2020, los Planes de Impulso al Medio Ambiente (PIMA) o el Proyecto de Huella de Carbono contribuyen a reducir de forma efectiva las emisiones de CO2 de España, al mismo tiempo que permite fortalecer el tejido económico y social.

De entre la normativa, acuerdos y textos aprobados a nivel nacional caben destacar:

  

 

 

En materia de cambio climático, la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobó en Consejo de Gobierno en marzo de 2009, la Estrategia de Cambio Climático para Extremadura 2009-2012, documento integrador de las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático, en relación con los compromisos internacionales adquiridos por España y los objetivos específicos marcados por el gobierno autonómico. Tras el cumplimiento de su horizonte temporal, el 7 de enero de 2014 se aprueba en Consejo de Gobierno la Estrategia de Cambio Climático para Extremadura 2013-2020, cuya periodo de vigencia coincide con la finalización de la prorroga al Protocolo de Kioto y con el fin de periodo del Objetivo Comunitario 20-20-20.

La Estrategia de Cambio Climático para Extremadura 2013-2020, representa el marco de actuaciones diseñadas para abordar la problemática de la variación del clima en la región y planificadas, de manera que, partiendo de la situación socioeconómica y ambiental de la región supongan una oportunidad para alcanzar un desarrollo futuro ligado a la sostenibilidad.

De entre la normativa, acuerdos y textos aprobados a nivel autonómico caben destacar: